- La empresa efectuará pago en cumplimiento de un fallo emitido en enero del 2023 por la Corte Suprema y cuya efectivización recién fue determinada por las autoridades.
- Con esta decisión, se cierra esta controversia fiscal que tardó más dos décadas, razón por la cual 80% del monto corresponde a intereses y moras acumuladas por demoras no atribuibles a la compañía.
- Telefónica del Perú es uno de los principales contribuyentes y en sus 30 años de presencia en el país ha pagado más de S/ 11 mil millones por concepto de Impuesto a la Renta y otros tributos.
- Con la conclusión de este caso, la empresa continuará enfocada en el despliegue de infraestructura para la conectividad y prestación continua de sus servicios, y consolidarse, por ejemplo, como el operador con la mayor red de fibra óptica en el país.
Lima, 12 de abril de 2024. Telefónica del Perú informó a través de un Hecho de Importancia que procederá al pago de S/1,361 millones a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) en cumplimiento de lo resuelto por el Poder Judicial en última instancia en enero del 2023 por la declaración del Impuesto a la Renta de los ejercicios fiscales de 2000 y 2001.
El 17 de enero del año pasado, Telefónica ya había informado sobre resolución de la Corte Suprema y cumplió oportunamente con el debido provisionamiento de esta contingencia.
Con la conclusión de este caso, que se prolongó por dos décadas, Telefónica afirma su compromiso de continuar con el despliegue de infraestructura y la continuidad de sus servicios para consolidarse como el principal aliado de la transformación digital del país.
Como se recuerda, siempre dentro del marco normativo vigente, Telefónica como lo haría cualquier otro contribuyente, indistintamente de su tamaño, condición o procedencia, cuestionó los reparos efectuados por la administración tributaria, por considerar que los mismos fueron arbitrarios y carentes de todo sustento. Asimismo, como esta legítima controversia tardó en resolverse más de 20 años, por demoras no atribuibles a la compañía, la empresa cuestionó la aplicación indebida de interés moratorios fuera de los plazos establecidos por la ley y que habían dado lugar a que el 80% del monto en controversia estuviera compuesto de intereses y multas.
Si bien el Tribunal Constitucional reconoció los argumentos de la compañía respecto al cómputo de los intereses, lamentablemente el Poder Judicial en última instancia validó alguno de los reparos hechos por la administración tributaria. Por ello, aun cuando Telefónica del Perú está en total desacuerdo con lo resuelto por el Poder Judicial, en respeto a la institucionalidad y la seguridad jurídica procederá a efectivizar el pago bajo protesto. Para estos efectos, ha instruido a las entidades financieras para que en su oportunidad procedan al pago a SUNAT de la suma de hasta S/1,361 millones en honramiento a las cartas fianzas emitidas en el marco de los procesos indicados.
Asimismo, frente a los montos restantes que puedan derivarse de las liquidaciones se requerirá un fraccionamiento ante SUNAT de acuerdo con el Código Tributario.
Telefónica del Perú, como uno de los principales contribuyentes, siempre ha pagado impuestos y ha mantenido un historial de cumplimiento tributario durante sus 30 años en el país, contribuyendo con más de S/11,000 millones en pagos del Impuesto a la Renta y otras aportaciones.
Conviene destacar que el principal accionista de la compañía (Telefónica S.A.) mantiene desde marzo de 2021 un arbitraje internacional ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) por diversas conductas del Estado Peruano violatorias del Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre España y Perú, que incluyeron asuntos relacionados con estos temas tributarios
El origen de la controversia
La controversia con la SUNAT se origina en ingresos que la empresa nunca percibió en los años 1998, 2000 y 2001. Años después, a raíz de un proceso de fiscalización, la SUNAT objetó deducciones de gastos, lo que llevó a Telefónica a aceptar y pagar una parte de ellas. Asimismo, incluyó otros reparos relacionados principalmente con provisión por cobranza dudosa e intereses financieros, que fueron motivo de disputa en un proceso que ha durado más de dos décadas.